Ejercicio 2019: No se perciben indemnizaciones por abandono de cargo.

Ejercicio 2020: No se perciben indemnizaciones por abandono de cargo.

Ejercicio 2021: No se perciben indemnizaciones por abandono de cargo.

Ejercicio de 2023. Según establece el artículo 7 de los Estatutos, «Los miembros del Consejo Rector no percibirán retribución alguna».

Ejercicio de 2024. Según establece el artículo 7 de los Estatutos, «Los miembros del Consejo Rector no percibirán retribución alguna».