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Ejercicio de 2023.
Según establece el artículo 2 de los Estatutos, «El Organismo Autónomo, denominado O.A. Local de la Bajada de La Virgen, tiene personalidad jurídica propia y plena capacidad, para el desarrollo de los fines y las competencias que le atribuye la Corporación Municipal o en virtud de encomiendas específicas a través de los mecanismos jurídicos adecuados en cada caso.
La finalidad primordial de este Organismo Autónomo será la organización, desarrollo y promoción
de las Fiestas Lustrales de la Bajada de La Virgen de las Nieves en orden a alcanzar el máximo esplendor
de las mismas».
Asimismo, el artículo 5 de los mismos Estatutos dictamina, entre sus competencias:
«—Facilitar la máxima participación de los ciudadanos en la preparación y práctica de las actividades encaminadas a la elaboración y consecución óptima de los diferentes festejos, actos culturales, deportivos y números tradicionales que se programen dentro de las Fiestas Lustrales.
—Organizar los elementos humanos y materiales que se precisen para el desarrollo de las Fiestas, así como certámenes y concursos tendentes al logro del máximo esplendor de las Fiestas.
—Lograr la participación y colaboración de otras Administraciones Públicas, Entidades Privadas y personas físicas e instituciones sin fines de lucro, tanto para la celebración de las Fiestas como la financiación de las mismas, mediante subvenciones, transferencias u otras aportaciones.
—Llevar a cabo cuantas actuaciones sean necesarias para obtener apoyo económico público o privado, con el fin de financiar las actividades y eventos festivos».
Ejercicio de 2024.
Según establece el artículo 2 de los Estatutos, «El Organismo Autónomo, denominado O.A. Local de la Bajada de La Virgen, tiene personalidad jurídica propia y plena capacidad, para el desarrollo de los fines y las competencias que le atribuye la Corporación Municipal o en virtud de encomiendas específicas a través de los mecanismos jurídicos adecuados en cada caso.
La finalidad primordial de este Organismo Autónomo será la organización, desarrollo y promoción
de las Fiestas Lustrales de la Bajada de La Virgen de las Nieves en orden a alcanzar el máximo esplendor
de las mismas».
Asimismo, el artículo 5 de los mismos Estatutos dictamina, entre sus competencias:
«—Facilitar la máxima participación de los ciudadanos en la preparación y práctica de las actividades encaminadas a la elaboración y consecución óptima de los diferentes festejos, actos culturales, deportivos y números tradicionales que se programen dentro de las Fiestas Lustrales.
—Organizar los elementos humanos y materiales que se precisen para el desarrollo de las Fiestas, así como certámenes y concursos tendentes al logro del máximo esplendor de las Fiestas.
—Lograr la participación y colaboración de otras Administraciones Públicas, Entidades Privadas y personas físicas e instituciones sin fines de lucro, tanto para la celebración de las Fiestas como la financiación de las mismas, mediante subvenciones, transferencias u otras aportaciones.
—Llevar a cabo cuantas actuaciones sean necesarias para obtener apoyo económico público o privado, con el fin de financiar las actividades y eventos festivos».